Nuevas ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios del Gobierno Vasco

El Gobierno Vasco ha presentado nuevas ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios, aumentando las cuantías económicas de las subvenciones y ampliando los límites de ingresos para optar a ellas.

La nueva orden, de 21 de julio de 2021 y publicada el pasado 9 de septiembre en el Boletín Oficial del País Vasco, unifica las ayudas y pone punto final a las convocatorias anuales, pudiéndose pedir a partir de ahora todos los tipos de ayudas durante todo el año.

Tres líneas de ayudas

Las ayudas se estructuran en tres líneas diferentes: a la rehabilitación de viviendas particulares (línea 1); a comunidades de personas propietarias para la rehabilitación de edificios y viviendas (línea 2); y ayudas a fondo perdido para obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente (línea 3) en el marco del programa de medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética (folleto informativo para rehabilitación).

Línea 1. Particulares en viviendas unifamiliares y edificios.

Los tipos de obras subvencionables a través de las ayudas para la rehabilitación de viviendas unifamiliares y edificios son:

– Conservación y habitabilidad.

Entre otras, la nueva ejecución o reforma de instalaciones completas de electricidad, saneamiento, abastecimiento, suministros básicos, mejora funcionalidad de espacios y la mejora de calidad del aire interior.

Mejora de la eficiencia energética.

Nueva ejecución o reforma de las instalaciones de calefacción, refrigeración, ventilación, producción agua caliente sanitaria, iluminación, autoconsumo energía eléctrica.

– Accesibilidad.

Adaptación de baños, adaptación de la distribución de la vivienda para la supresión de barreras arquitectónicas o adaptación a discapacitados/as sensoriales.

– Adecuación buena construcción.

Obras relacionadas con reformas interiores de viviendas, de albañilería, escayola, carpintería interior, fontanería… Así como instalaciones parciales de electricidad, calefacción, gas, pintura y telefonía.

Entre los requisitos a cumplir para acceder a las ayudas de la línea 1 están los siguientes:

El edificio debe tener una antigüedad superior a 20 años.

– El edificio debe tener una antigüedad superior a 20 años.

– Ser la vivienda habitual o permanente (o que vaya a serlo en tres meses desde la certificación de obra).

– No se exige ITE, salvo viviendas unifamiliares y caseríos a los que les sea legalmente exigible.

– La unidad convivencial de la que forman parte las personas titulares de la rehabilitación debe cumplir con unos ingresos máximos ponderados de 39.000 euros para optar a préstamos cualificados y de 25.000 euros para optar a subvenciones y a subsidiación de tipos de interés.

Línea 2. Obras comunitarias para la rehabilitación de edificios y viviendas.

Obras comunitarias para elementos comunes de edificios. Los tipos de obras subvencionables son:

– Mejora de la eficiencia energética.

Ejecución de nuevas instalaciones o reformas de las instalaciones comunitarias de calefacción, refrigeración, ventilación, autoconsumo de energía eléctrica, producción de agua caliente sanitaria, iluminación, envolvente térmica o calidad de aire interior. Sustitución de carpinterías exteriores. Aislamiento térmico. Cerramiento de terrazas y balcones con carácter uniforme en todo el edificio.

– Conservación, seguridad y habitabilidad.

– Cerramientos y accesibilidad.

Entre los requisitos para acceder a las ayudas establecidas en esta línea 2 están:

– El edificio debe tener uso principal de vivienda (70% mínimo de la superficie total), además, tiene que hacer pasado la ITE antes de formalizar la solicitud.

– Debe tener una antigüedad superior a 20 años.

– En el caso de las ayudas individuales, la unidad convivencial debe cumplir con los siguientes ingresos ponderados máximos de 39.000 euros para optar a préstamos cualificados y de 25.000 euros para optar a subvenciones y a subsidiación de tipos de interés.

Línea 3. Ayudas a fondo perdido para obras comunitarias de rehabilitación integral y eficiente.

En el marco del programa de medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética, se establecen ayudas para actuaciones integrales, que abarquen de manera simultánea a través de un proyecto único actuaciones de mejora de la eficiencia energética para alcanzar una calificación energética C y una calificación parcial D en demanda de calefacción; mejora de la accesibilidad, mejora de la seguridad en caso de incendio.

– Mejora de la eficiencia energética.

Actuaciones pasivas integrales sobre la envolvente de los edificios que reduzcan al menos un 50% la demanda energética anual de calefacción respecto al edificio antes de la reforma. Actuaciones activas que reduzcan al menos un 20% el consumo de energía primaria no renovable del edificio, tales como instalaciones centralizadas con equipos de alta eficiencia energética, instalación de colectores solares u otras fuentes de energía renovable, o sistemas de ventilación mecánica controlada. Monitorización energética

– Mejora de la seguridad en caso de incendio.

Instalación de sistemas de detección y alarma. Instalación de sistemas de evacuación. Iluminación de emergencia. Instalación de sistemas de extinción: extintores y columna seca.

Entre los requisitos para acceder a la línea 3 de ayudas están: edificios anteriores a 1980 que hayan realizado la Inspección Técnica del Edificio (ITE) con anterioridad a la formalización de la solicitud.