Más de 400.000 viviendas independientes utilizan biomasa en España

Más de 400.000 viviendas independientes se calentaban a finales de 2020 en España con estufas o calderas de biomasa, según datos de Avebiom. Una cifra a la que contribuyó la instalación de 49.589 estufas y calderas de biomasa de hasta 50 kW de potencia a lo largo del año pasado. Unos datos ligeramente inferiores a los obtenidos un año antes (-3,4%), pero muy positivos dada la situación de pandemia, que han generado un volumen de negocio de 344 millones de euros (incluido también el suministro de pellet y el mantenimiento de equipos). Una evolución que ha continuado en los últimos meses, en los que, según Avebiom, “se han batido récords de fabricación e instalación”.

Además de estas buenas cifras, desde la asociación señalan que “lo más destacable es que, a pesar de la situación, el sector ha demostrado su capacidad para atender de forma sostenida y sin ningún problema a cientos de miles de familias, empresas, servicios públicos de todo tipo y, en especial, a las más de 900 instalaciones que proporcionan calefacción y ACS a centros de salud, hospitales, y residencias geriátricas en toda España”.

Actualmente, el parque nacional de equipos de calefacción alimentados con biocombustibles sólidos se sitúa en 403.618 unidades, el 98% ubicados en viviendas independientes. Aunque ya es un volumen importante, España se sitúa todavía lejos de países como Francia, donde existe un parque de 1,2 millones de estufas y calderas de biomasa funcionando, o Italia con 2,2 millones.

Desde 2022, solo equipos de calefacción con Ecodiseño

Recientemente surgió cierta confusión al hilo de informaciones sobre imposibilidad de instalar y comercializar equipos insertables de leña o pellets a partir del 1 de enero de 2022, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2015/1185 sobre diseño ecológico.

A este respecto, el Observatorio de la Biomasa de Avebiom-Ecodesign apunta la aclaración que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha realizado sobre la aplicación de esta normativa, que afecta a los aparatos de calefacción local de combustible sólido, que son básicamente todas las estufas y hogares de potencia igual o inferior a 50 kW.

En este sentido, con respecto a los equipos específicos de biomasa, se matiza que “en lo referido a la excepción contemplada en el apartado e) del Artículo 1 apartado 2) para productos para el calentamiento del aire, se entiende que las estufas y hogares insertables de leña o pellets son aparatos para la calefacción local de combustible sólido, tal y como se establece en el Articulo 2, apartado 1) sobre definiciones, y no productos para calentar el aire según la definición del Articulo 2 apartado 8”.