Incumplimientos normativos que afectan al instalador

El Observatorio de Vigilancia de Mercado de la Asociación Española de Normalización, UNE, acaba de publicar su informe anual en el que se analiza la situación del mercado español en relación con el cumplimiento normativo y legislativo, con el objetivo de evitar la comercialización de productos y servicios inseguros que provoquen un perjuicio a la economía y a los consumidores y supongan una competencia desleal para las empresas que sí cumplen.

El Informe del Observatorio de Vigilancia de Mercado de UNE 2021, que para su elaboración cuenta con la colaboración de más de treinta organizaciones empresariales y asociaciones (entre ellas, AFEC, AEFYT, Anfalum, APPLia España, FACEL o Conaif) abarca todos los sectores económicos, que quedan recogidos en tres grandes áreas: productos para la infancia, productos industriales de consumo doméstico y productos industriales de uso profesional.

Según señala Javier García, director general de UNE, “el objetivo es mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante su vigilancia, para asegurar que los productos que se vendan sean conformes a la legislación y a las normas técnicas y contribuir así a aumentar la confianza de los consumidores y del mercado, al crecimiento de la economía, al desarrollo de las empresas y a la creación de empleo”.

El tipo de infracción más frecuente en la fabricación y comercialización de productos está vinculado a incumplimientos de las normas técnicas y las condiciones de venta, representando el 53,9% de todas las infracciones, seguido de las transacciones comerciales (7,6%) y los precios (7,3%).

Por productos, la mayor parte de las no conformidades se producen en juguetes (10,9% de los controlados presentaron alguna no conformidad), seguidos de equipos de protección individual (8%), pequeño material eléctrico (7,2%), muebles (5,8%), textiles (4%) y calzado (3,7%).

Incumplimientos que afectan al instalador profesional

De acuerdo con los datos recogidos por el Observatorio de Vigilancia del Mercado (OVM) de UNE en ese informe (que corresponden al ejercicio 2020, y han sido facilitados por las autoridades de vigilancia de consumo de las comunidades autónomas a la Dirección General de Consumo), las normativas que más se incumplen y que pueden afectar a la actividad del instalador profesional destacan, por áreas, las siguientes:

– Productos industriales de consumo doméstico

  • Climatización: las obligaciones establecidas en los diferentes Reglamentos Europeos de Ecodiseño de los equipos.
  • Electrodomésticos: elevado número de fraudes de importaciones de electrodomésticos provenientes de países asiáticos.

– Productos industriales de uso profesional

  • Climatización: venta de equipos a usuarios finales sin la instalación por parte de empresas profesionales habilitadas.
  • Refrigeración: incumplimientos legales en cuanto a ecodiseño, etiquetado energético y refrigerantes utilizados.
  • Material eléctrico: el 71% de los diferenciales y el 77,8% de los magnetotérmicos analizados eran no conformes.
  • Iluminación: el 92% de los productos albergaban incumplimientos graves (66,7%) y muy graves (25%).

Productos industriales para consumo doméstico

El sector industrial para consumo doméstico está regulado por una legislación exhaustiva que pone el foco en la seguridad, medio ambiente, salud o transporte de sus productos. Las autoridades realizan el seguimiento de su cumplimiento en aspectos como el etiquetado y control de sustancias químicas en los productos que están ya en el mercado. El OVM ha recogido en esta área las preocupaciones manifestadas por diferentes sectores representados por AFEC, Anfalum o APPLiA ESPAÑA.

En el caso de la Asociación de Fabricantes de Equipos de Climatización, AFEC, se recoge el caso de algún “incumplimiento derivado de las obligaciones establecidas en los diferentes Reglamentos europeos de Ecodiseño sobre equipos de climatización”. Los aparatos sobre los que se ha tenido constancia de incumplimiento en los requisitos de diseño ecológico son:

– Ventiladores de motor con una potencia eléctrica de entrada comprendida entre 125 W y 500 kW.

– Acondicionadores de aire y ventiladores.

– Aparatos de calefacción y a calefactores combinados.

– Calentadores de agua y depósitos de agua caliente.

– Unidades de ventilación.

– Productos relacionados con la energía, en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos de calentamiento de aire, los productos de refrigeración, las enfriadoras de procesos de alta temperatura y los ventiloconvectores.

Los fabricantes de iluminación, a través de la Asociación Española de Fabricantes de Iluminación, Anfalum, informaron de incumplimientos legales en el marcado, así como en las instrucciones de uso o de manipulación, lo cual conlleva complicaciones a los usuarios finales. Según Anfalum, “los dependientes de las tiendas de las grandes superficies no son expertos en la materia y conlleva la poca información que pueden trasladar al comprador. Además, la falta de conocimiento sobre la normativa aplicable, así como sus exigencias en cuanto a ensayos, marcado, etc.”.

A lo largo de 2020, Anfalum llevó a cabo una campaña para la detección de incumplimientos en el mercado mediante un procedimiento de compra de producto por parte de un “Mistery Shopper” perteneciente al LCOE-FFII, laboratorio acreditado en seguridad, compatibilidad electromagnética y prestaciones de las luminarias y sus asociados, que es el encargado de los ensayos y del procedimiento operativo de la inspección de mercado, de cuyos resultados os informamos el pasado mes de diciembre en la noticia “Los riesgos de comprar productos en plataformas online”.

Por su parte, las empresas de fabricantes e importadores de electrodomésticos, representadas por su nueva asociación APPLiA España, informaron de incumplimientos legales en residuos y en eficiencia energética.

En el primer caso, envases y residuos de envases y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, fundamentalmente “por el elevado número de fraudes de determinadas importaciones provenientes habitualmente de países asiáticos: bajo precio, consecuencia de una pésima calidad e inexistencia de declaraciones de los productos importados en lo que al cumplimiento de ésas y otras normativas se refiere”. Y en eficiencia energética, por el incumplimiento “en los valores declarados para etiquetado energético y ecodiseño, especialmente en la clase energética y el consumo energético, con el fin de obtener mejores clasificaciones de cara al consumidor o declarar cumplimiento legal de manera indebida”.

Productos industriales de uso profesional

Por lo que respecta a los productos industriales de uso profesional, el OVM recogió la información aportada por AEFYT, AFME, Anfalum y Conaif. Desde AEFYT se informó del incumplimiento legal en lo que respeta a ecodiseño, etiquetado energético y refrigerantes utilizados:

– Aparatos de refrigeración con función de venta directa en el apartado de ecodiseño y etiquetado energético. Aunque su entrada en vigor fue el 1 de marzo de 2021 (por lo que no hay aún experiencia), existe preocupación por la “veracidad de los datos de consumos energéticos declarados por lo fabricantes y distribuidores, puesto que se permite la auto certificación. El etiquetado energético tiene un fuerte componente en la decisión de compra por parte del usuario. Por otra parte, actualmente, no hay laboratorios independientes, en España, para poder ensayar estos equipos”.

– Refrigerantes que pueden utilizarse en las instalaciones frigoríficas: y que, se están comercializando y se están usando “para rellenar sistemas que originalmente funcionan con HFC clasificados en el grupo L1 de Alta Seguridad, no figuran en la citada tabla A ni han sido autorizados por el Departamento Ministerial y, por tanto, está prohibido su uso en instalaciones frigoríficas de climatización y refrigeración del ámbito del Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero. Usar estos refrigerantes inflamables fuera del ámbito legal, es un peligro para las personas”.

– Gases fluorados y la seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, y en materia de fiscalidad medioambiental, medidas tributarias y financieras.

La Asociación de Fabricantes de Material Eléctrico, AFME, aportó información sobre los incumplimientos legales correspondientes a los requisitos esenciales de la Directiva de Baja Tensión (2014/35/EU), y cuyo impacto económico y social son los incendios de origen eléctrico y accidentes por electrocución.

Anfalum informó, al igual que en el caso de los productos industriales para consumo doméstico, de incumplimientos en el marcado, así como en las instrucciones de uso o de manipulación, lo cual conlleva complicaciones a los usuarios finales.

La Confederación Nacional de Asociaciones de Instaladores y Fluidos, Conaif, aportó información de incumplimientos en la venta de los equipos a usuarios finales sin la instalación por empresas profesionales habilitadas, “lo que provoca problemas de seguridad de las instalaciones, intrusismo, economía sumergida, etc.”. Incumplimiento basado en el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados. Normativa que en su artículo 9, punto 8, señala que “sólo podrán venderse al usuario final cuando se aporten pruebas de que la instalación será realizada por una empresa habilitada de acuerdo con el artículo 2.k) y el artículo 3.8”.

Y, por último, en esta área de productos industriales de uso profesional, la Asociación Española de Fabricantes de Cables y Conductores Eléctricos y de Fibra Óptica, FACEL, aportó determinados incumplimientos en alguna de las características esenciales contempladas en el Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo24 (Reglamento CPR). Una de ellas y que aplica actualmente a los cables, es la reacción al fuego que define la contribución de los cables al desarrollo de este en caso de incendio. “Los cables afectados por el Reglamento CPR están sometidos a ensayos y controles específicos, y su cumplimiento se demuestra mediante la identificación (marcado CE completo) y la documentación técnica (declaración de prestaciones) que acompaña al producto”.